DECRETO N° 2100/3 (SH) del 04/09/2026
DECRETO N° 2.100/3 (SH), del 04/09/2026. EXPEDIENTE N° 916/618-RF-2026.- VISTO el presente expediente mediante el cual el Sistema Provincial de Salud gestiona un incremento de crédito presupuestario, del Recurso 12942 - Recursos Propios - SIPROSA, en el Presupuesto General 2026, por la suma de $1.000.000.000.-, y CONSIDERANDO: Que lo tramitado se encuentra contemplado en las disposiciones del Artículo 13° inciso a) de la Ley N° 9.942 -Presupuesto General 2026-, que faculta al Poder Ejecutivo, previa comunicación a la H. Legislatura, a incrementar el Presupuesto General para incorporar las partidas de recursos y/o financiamiento y sus respectivas erogaciones en los Organismos Centralizados, Descentralizados y Autárquicos que consolidan, en los detallados en el Artículo 6° de dicha ley y en el Plan de Trabajos Públicos, cuando se produjeran incrementos de los recursos y/o financiamiento estimados en la norma, se generen nuevos recursos o surjan nuevas fuentes de financiamiento no previstas en ella. Por ello, atento lo informado por Dirección General de Presupuesto a fs. 10, Contaduría General de la Provincia a fs. 13, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 14 y al Dictamen Fiscal N° 1237 del 29 de julio de 2026, adjunto a fs. 16, de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- INCREMÉNTASE el Presupuesto General 2026, en la Jurisdicción 67 SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD, INCREMENTANDO: El Recurso 12942 - Recursos Propios - SIPROSA, por la suma de PESOS MIL MILLONES ($1.000.000.000.-) y las siguientes estructuras de gastos: - Programa 11: U. O. N° 965 - Sistema Provincial de Salud, Finalidad/Función 314, Subprograma 00, Proyecto 00: • Actividad 01: U. O. N° 965 - Sistema Provincial de Salud, las Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $150.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $150.000.000.- • Actividad 11: Aranceles Farmacia, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $70.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $70.000.000.- • Actividad 12: Aranceles Registros y Matriculas, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $45.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $45.000.000.- • Actividad 13: Aranceles Habilitaciones Servicios de Salud, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $35.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $35.000.000.- • Actividad 14: Aranceles Bromatología, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $35.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $30.000.000.- • Actividad 15: Aranceles Salud Ambiental, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $10.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $5.000.000.- • Actividad 16: Aranceles Emergencias Sanitarias, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $2.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $2.000.000.- - Programa 14: Hospital Nicolás Avellaneda, Finalidad/Función 314, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 02: Aranceles Examen Psicofísico, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $10.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $6.000.000.-- Programa 30: Dirección Gral. Físico Sanitaria, Finalidad/Función 314, Subprograma 00, Proyecto 00: • Actividad 02: Aranceles Farmacia, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $70.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $70.000.000.- • Actividad 03: Aranceles Registros y Matriculas, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $45.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $45.000.000.- • Actividad 04: Aranceles Habilitaciones Servicios de Salud, las siguientes Partidas Subparciales: - 229 - Otros no especificados precedentemente $35.000.000.- - 329 - Otros no especificados precedentemente $35.000.000. ARTICULO 2°.- Comuníquese a la Honorable Legislatura de la Provincia, de conformidad con las disposiciones establecidas por el Artículo 13° Inciso a) de la Ley N° 9.942 -Presupuesto General 2026-. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.