DECRETO N° 2095/3 (SH) del 04/09/2026
Boletin n°: 31.291 - Aviso n°: 274.974 - Fecha Boletín: 28/09/2026

DECRETO N° 2.095/3 (SH), del 04/09/2026. EXPEDIENTE N° 13773/425-DA-2026. VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Ministerio de Desarrollo Social gestiona incremento de crédito presupuestario para la Partida Subparcial 514 - Ayudas sociales a personas - de la U.O. N° 830 – Sec. de Est. de Niñez, Adolesc. y Familia, con Fuente de Financiamiento 10, destinado a garantizar la continuidad de la asistencia y protección integral de las familias y grupos vulnerables que afrontan diferentes problemáticas, CONSIDERANDO: Que, a tal fin, resulta necesario dictar el acto administrativo tendiente a disponer la correspondiente adecuación presupuestaria, a efectos de dotar de crédito a la partida subparcial de referencia, teniendo en cuenta tanto las disposiciones del Artículo 5° del Decreto N° 292/3 (ME)-2008 como las establecidas en el Artículo 1° del Decreto N° 1/3 (SH)-2026, que fija normas y excepciones relativas a la administración de los créditos presupuestarios, y las previsiones contenidas en el Artículo 21 del citado decreto, con sus normas complementarias y concordantes, que regulan el procedimiento aplicable a la administración de las cuotas financieras de gastos de los Servicios Administrativos Financieros (SAF). Por ello y atento a lo informado por la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a foja 31, Dirección General de Presupuesto a foja 32, Contaduría General de la Provincia a foja 34, al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Estado de Hacienda a foja 35, y al Dictamen N° 1385 del 19 de agosto de 2026, adjunto a fojas 37/38, de estos actuado EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación de créditos presupuestarios: - EXTRAÉSE de Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93 - Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03 - Créditos Adicionales, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, Partida Subparcial 517 - Transf. a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, la suma de PESOS OCHOCIENTOS MILLONES ($800.000.000.-). - INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 33 - SAF MDS - DIR. DE ADM. MIN. DESARROLLO SOCIAL, Programa 34 - U.O. N° 830 –Sec. de Est. de Niñez, Adolesc. y Familia, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, - Actividad 01: U.O. N° 830 – Sec. de Est. de Niñez, Adolesc, y Familia, la Partida Subparcial 514 - Ayudas Sociales a personas, por la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($500.000.000.-). - Actividad 02: Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, la Partida Subparcial 514 - Ayudas Sociales a personas, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000.-). Todo ello del Presupuesto General 2026. Asimismo exceptúase dicho incremento del alcance del Artículo 1° y del 21º, con sus normas complementarias y concordantes, del Decreto N°1/3(SH)-2026. ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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