N & M NOA SALUD S.R.L.
Boletin n°: 31.289 - Aviso n°: 274.853 - Fecha Boletín: 23/09/2026

POR 1 DÍA - N & M NOA SALUD S.R.L. (CESIÓN DE CUOTAS, MODIFICACIÓN Y TEXTO ORDENADO) Expediente Nº: 5381/205-N-2026. Se hace saber que por ante el Registro Público de Tucumán se tramita la inscripción de las transferencias de cuotas y modificaciones estructurales de la firma, a saber: 1. CONTRATO DE CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES (Instrumento de fecha 17 de Diciembre de 2019): Se hace saber que la socia originaria Sra. Nadia Soledad Appezzato, DNI Nº 30.210.959, con el asentimiento conyugal de su esposo Sr. Paolo Germán Martin, DNI Nº 29.670.142, cedió y transfirió la totalidad de sus cincuenta (50) cuotas sociales al Sr. Leandro Aníbal Polesel, DNI Nº 25.340.258. Asimismo, la socia Sra. Marilina Andrea Teixeira, DNI Nº 25.426.030, cedió y transfirió veinte (20) cuotas sociales al Sr. Leandro Aníbal Polesel. En virtud de dichas cesiones, la Sra. Nadia Soledad Appezzato se retira definitivamente de la sociedad, quedando la titularidad del capital social ($100.000, representado en 100 cuotas de $1.000 cada una) reestructurada de la siguiente manera: Sr. Leandro Aníbal Polesel, titular de setenta (70) cuotas sociales (70% del capital); y Sra. Marilina Andrea Teixeira, titular de treinta (30) cuotas sociales (30% del capital societario). En el mismo acto se designó como Socio Gerente al Sr. Leandro Aníbal Polesel. 2. MODIFICACIONES Y TEXTO ORDENADO (Acta de Reunión de Socios Nº 1 de fecha 25 de Agosto de 2026): Los actuales socios unificados resolvieron por unanimidad modificar el contrato social y aprobar un nuevo Texto Ordenado, cuyas cláusulas modificadas quedan redactadas de la siguiente manera: CLÁUSULA PRIMERA (Nueva Denominación): Queda constituida una Sociedad de Responsabilidad Limitada entre la Sra. Marilina Andrea Teixeira, con domicilio particular real en calle Bascary 2000, Lote 210, Barrio Las Praderas, Yerba Buena, Provincia de Tucumán y el Sr. Leandro Aníbal Polesel, con domicilio real en Avenida Belgrano N° 3984 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán; la cual girará bajo la denominación "L&M 23 S.R.L.". CLÁUSULA SEGUNDA (Nuevo Objeto Social): La Sociedad tendrá por objeto principal dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, a desarrollar las siguientes actividades: El objetivo de la sociedad será dedicarse a la prestación de servicios de Vigilancia y Seguridad, custodia de valores, seguridad de las personas, custodia de mercaderías en tránsito, monitoreo de alarmas a distancia, seguridad con medios electrónicos, ventas y alquiler de equipos y sistemas de Circuitos Cerrados de Televisión, Informes Pre ocupacionales y comerciales, Investigaciones de carácter comerciales. Limpieza y lavado en general, de carácter técnico o industrial de edificios particulares, consorcios, oficinas, locales comerciales, plantas industriales y de otro tipo de inmuebles, establecimientos o locales públicos o privados, así como también la desinfección y realizar tareas y obras de mantenimiento, conservation y ampliación de los mismos. CLÁUSULA SEXTA (Administración y Gerencia Sustituta): La administración de la sociedad estará a cargo de Leandro Aníbal Polesel en su calidad de Socio Gerente. (...) Para el supuesto de fallecimiento, incapacidad permanente o inhabilitación absoluta y simultánea de ambos socios de la firma (Sra. Marilina Andrea Teixeira y Sr. Leandro Aníbal Polesel), se designa en este acto como Socio Gerente Sustituto a la Sra. AMORINA SOLEDAD POLESEL, DNI: 23.424.785, Argentina, mayor de edad, con fecha de nacimiento el 27 de Agosto de 1973, quien asumirá de pleno derecho e inmediatamente las funciones ejecutivas, de representación legal y el uso de la firma social con las mismas facultades enunciadas en esta cláusula, sin necesidad de resolución social previa. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA (Continuidad e Intervención del Sustituto): En caso de fallecimiento o incapacidad permanente de alguno de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido o incapaz. Ante el supuesto de fallecimiento o incapacidad simultánea de ambos socios, quedando como única heredera su hija menor de edad, el Gerente Sustituto designado en la Cláusula Sexta ejercerá transitoriamente la administración y los derechos políticos inherentes a las cuotas sociales de la menor, exclusivamente para asegurar la continuidad del giro comercial ordinario y la regularidad institucional de la sociedad. Dicho mandato transitorio finalizará cuando la heredera alcance la mayoría de edad o se designe judicialmente su tutor definitivo con facultades comerciales expresas. TEXTO ORDENADO: En el mismo acto se aprobó el Texto Ordenado integral del Contrato Social, el cual consolida las modificaciones citadas, reflejando la composición societaria emanada de las cesiones de cuotas del año 2019, y mantiene vigente el resto del articulado original sin más variaciones. San Miguel de Tucumán, 21 de Septiembre de 2026. E y V 23/09/2026. $19.524. Aviso N° 274.853.

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